La relación entre los bancos españoles y los ciudadanos de este país, en relación a los préstamos hipotecarios, merece un detallado recorrido por el tiempo y las diversas posiciones que ambas partes han ocupado.
Nuestro pasado, supongamos antes de nuestra incorporación a la CEE y la llegada del Euro, en relación a los tipos impositivos, era de una posición muy ventajosa para el sistema bancario, oscilando entre el 15 y el 25% de interés sobre cualquier préstamo hipotecario otorgado, no sin dificultad. Eran los años 80-90 y los beneficios bancarios eran ingentes.
Con la incorporación de España a la CEE, ocurrido en 1986, y la introducción del EURO, 1999, cambió de forma paulatina las relación banco-ciudadano, y sobre todo los marcos legales, pasando de la normativa estatal (España), a la comunitaria, mucho más garantista.
En diversos artículos intentaremos poner en cuestión el cambio de esta desigual relación, sus distintos avatares y los cambios de criterios jurídicos de nuestros tribunales a lo largo de este tiempo, con especial trascendencia en LOS TIPOS DE INTERES (Euribor, IRPH, Hipoteca en divisas, etc.), los GASTOS BANCARIOS, etc.
En Leganés, a 22 de octubre de 2020.
Fdo.- Rafael I. Nadal de Vicente.
Abogado.